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20 de mayo de 2019

Operaciones intracomunitarias: el modelo 349

Nuestra asesoría y nuestros abogados en Santander trabajamos diariamente con empresas que realizan facturación en el ámbito de la Unión Europea. En estos casos, lejos de ser operaciones complicadas, el protagonista es el modelo 349.

Todo lo que debes saber sobre el modelo 349 según nuestra consultoría de empresas en Cantabria

El modelo 349 es una recapitulación informativa de la Agencia Tributaria en la que las empresas y los autónomos deben detallar sus operaciones económicas dentro de la UE. El nombre oficial del modelo es Declaración de Operaciones Intracomunitarias.

Una operación de este tipo es la compra o venta de un bien o servicio situado en alguno de los países de la Unión Europea. Para poder facturar a un cliente o proveedor fuera del país y dentro del espacio comunitario debes darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), presentando o modificando el modelo 036/037.

Quién está obligado a presentar este modelo

Están obligados a hacerlo los sujetos pasivos que hayan realizado operaciones sujetas a IVA previstas en el artículo 79 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido. Es decir, se trata de aquellas empresas y profesionales que compren o vendan bienes o presten servicios dentro de la UE y que cumplan estas condiciones:

– Conforme a las reglas de localización de aplicación del impuesto, que dichos servicios no se presten en el territorio de aplicación de este.

– Que las operaciones estén sometidas a gravamen por IVA en otro Estado.

– Que el destinatario sea empresario o profesional y se encuentre radicado en otro país, contando además con número de identificación.

– Que el sujeto pasivo sea dicho destinatario.

Para algunos empresarios y profesionales, el modelo 349 es un auténtico quebradero de cabeza. Por ello, te animamos a que cuentes con profesionales de una asesoría y con abogados en Santander como los nuestros para que te ayuden.

 

 

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